Menores en la sección policiales: señal de que la sociedad no está bien

Cuando en la sección policiales del diario aparecen menores y jóvenes, es señal de que la sociedad no está bien, los únicos responsables de los menores somos los padres y el Estado.

Si la responsabilidad es de los padres, si parte la compartimos con el Estado, si ya todo está legislado, que es lo que abre el debate, de bajar la edad de punibilidad de menores que cometieron delitos, podremos mejor preguntarnos, ¿cuándo se termina la responsabilidad parental? y la respuesta será, la responsabilidad parental se termina cuando un hijo/a se hace mayor de edad, se emancipa, es adoptado /a por otra persona, esto está dentro de los códigos civil y penal.

Claro también podremos preguntarnos, qué pasa si no hay padres, si los padres son vulnerables, si los adultos a cargo de esos menores, no pueden hacerse cargo o estar en el cuidado de los mismos, quien será el responsable de sus actos.

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No se trata de negar la posibilidad, de abrir el debate a otras preguntas , de como tratar socialmente las situaciones difíciles, referidas a menores de edad, que cometen actos ilícitos, muchas veces intigados por adultos , situaciones que provocan dolor y lastiman a familias de nuestra sociedad. 

El Gobierno defendió el proyecto para bajar la edad de imputabilidad a 13 años: “Es una demanda que tiene la sociedad”

Seguir leyendo leyes, reglamentaciones, en la Argentina al menos, la ley dice que la obligación de los padres, de mantención, quizás extendida a otros derechos, pero deseando que jamás sea emanciparlo de lo afectivo, del acompañarlo, termina a los 18 años y si estudian se extiende hasta los 25 o antes si se han recibido como profesionales.

Todo esto está normalizado, estipulado, por ende, el Estado debe velar por la seguridad de los menores y de la sociedad, también debe acompañar a los padres en la crianza, pero la responsabilid es en todos los casos de los adultos, ya sea padres, adultos a cargo en situaciones particulares o de vulnerabilidad social o de discapacidad y del Estado.

La ley 22803, en sus artículos 1, 2 y 3 pone de manifiesto la edad: No es punible el menor que no haya cumplido dieciséis (16) años de edad. Tampoco lo es el que no haya cumplido dieciocho (18) años y a la vez, aclara que pasará con ellos, entendiendo bien quienes son responsables de los mismos.

Qué es, hablar de la imputabilidad de los menores, la imputabilidad es el “conjunto de condiciones que el sujeto debe reunir para responder penalmente de su acción, condiciones que son fijadas por el derecho”.

La ley aclara, que, si cometes un delito entre los 14 y los 18 años, te aplican la Ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores y tendrán que cumplir “medidas” correctoras para lograr la reeducación.

La imputabilidad es el ‘conjunto de condiciones que el sujeto debe reunir para responder penalmente de su acción, condiciones que son fijadas por el derecho'”

¿Qué dice el Código Penal sobre la imputabilidad?

La imputabilidad es un término jurídico, el cual se define como la capacidad de una persona de comprender las consecuencias que traerá la realización voluntaria de un acto ilícito, y como tal debe ser responsable y responder por el hecho cometido.

Por ende, de lo que estamos hablando, que la edad de imputabilidad es el límite inferior a partir del cual los adolescentes pueden ser juzgados e ir a la cárcel. En la Argentina, esta edad se estableció en los 16 años, pero el Ministerio de Seguridad publicó un comunicado donde indica que envió un proyecto de ley al Congreso para bajarla a 13 años.

Que pasa en otros países, en Uruguay se mantiene la imputabilidad penal a los 18 años y cuenta con un sistema infraccional adolescente para menores de 13 a 17 años. 

En Brasil, la mayoría de edad penal es también a los 18 años, con medidas socioeducativas a partir de los 12 años.

En Chile la situación es similar, pero hay un sistema de justicia penal especial para mayores de 14.

Que recomienda Unicef, que la edad de imputabilidad no sea inferior a los 14 a 16 años y señala que existe evidencia internacional que demuestra que bajar este umbral no ha sido una medida efectiva en el combate a la inseguridad.

“En términos más académicos se hace una diferenciación entre imputabilidad y responsabilidad penal juvenil: la edad a la que una persona ingresa al sistema penal de adultos sería la imputabilidad plena, y la edad a la que ingresa a un sistema especializado para menores de edad -que tiene penas mucho más bajas para los mismos delitos- sería la responsabilidad penal juvenil.

La baja de la edad de punibilidad es ineficaz como respuesta a la inseguridad, porque en términos estadísticos el porcentaje de delitos graves cometidos por menores de 18 años es ínfimo. Esto se acentúa aún más en la franja de 14 y 16 años.

Hechas las preguntas, de quien es la responsabilidad, que es lo que lleva a los menores a hechos bandálicos, porque estos menores están en estas situaciones y no en lo que les corresponde a su edad , deberemos pensar a fondo una cuestión tan delicada.

Tenemos que antes de tomar una decisión de baja de edad, reflexionar las respuestas a las preguntas mencionadas , ver cuales son las medidas ya tomadas y el porque no fueron eficaces.

El mandato constitucional establece que el sentido de la privación de la libertad no debe ser el castigo, sino la adecuada preparación para la vida en libertad. Sin embargo, se está pensando en eso?

Es responsabilidad de los jueces aplicar las leyes, y velar porque todas las garantías de todos los ciudadanos, se cumplan conforme la ley. No se trata de tratar de sancionar más leyes, sino de cumplir las que ya existen.

La baja de la edad de punibilidad es ineficaz como respuesta a la inseguridad, porque en términos estadísticos el porcentaje de delitos graves cometidos por menores de 18 años es ínfimo”

La Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Ley 26.061) tienen plena vigencia, así como todos los tratados internacionales de derechos humanos que establecen todos los derechos a los que son acreedores cada niño y cada niña que vive en nuestro país. Sin embargo, la mitad de ellos , carece de condiciones básicas de existencia: no tienen cloacas ni agua potable, ni vivienda, ni educación y salud de calidad, ni viven en un ambiente sano, ni tienen acceso a oportunidades, actividades recreativas, vacaciones, futuro. 

Casi siempre que un adolescente está inmerso en una situación violenta, es porque alguien con más edad y con más poder, lo ha utilizado. Un niño de 14 años difícilmente robe un auto para cometer otros delitos. Lo más seguro y lo que indican todas las investigaciones es que recibe un arma y una paga miserable por conseguir ese auto.

En todos los casos estamos hablando, de sujetos que no han podido acceder a una escolaridad con calidad, que hay abandono de parte de padres, que no tienen desarrollada la responsabilidad afectiva, dado que vienen de ambientes, anti sociales.

Por ende, quizás sea más necesario, trabajar en fomentar una sociedad pro social, en darle una mirada a ciertas generaciones, darle estímulos cognitivos y también afectivos, mirarlos desde la primer infancia, desde sala de panza, como me gusta decir, ningún presupuesto , dado desde esta etapa etárea falla, ningún sujeto que crezca deprivado del amor materno y paterno va a poder llegar bien , ningún sujeto cuya respuesta social , sea el castigo, va a poder ser una persona de bien.

La respuesta al flagelo actual de inseguridad, no es la baja de edad , es armar un proyecto interdisciplinario, que sea preventivo, que cuide, abrace a la primer infancia , sin dejarla al desamparo.

*Decana de la facultad de Psicología y Psicopedagogía de la USAL

Fuente: Perfil

Redacción