La Unidad de Información Financiera actualizó la norma antilavado para bancos
La nueva norma modifica la emblemática Resolución 30/2017, que fue el puntapié inicial para la implementación del concepto del Enfoque Basado en Riesgo en el sistema de prevención de lavado y financiamiento del terrorismo en la Argentina.
Los objetivos de la reforma
El fin de la norma es optimizar la operatividad del sector y alinearse a los estándares y mejores prácticas internacionales del GAFI y el nuevo texto fue realizado en base a un trabajo conjunto entre la UIF, el Banco Central (BCRA) y las propias entidades del sector bancario y financiero, “cuyas opiniones y experiencias fueron centrales en la puesta a punto de la resolución”, señaló la UIF en un comunicado.
Entre las entidades representantes del sector financiero que participaron de las reuniones de trabajo y cuyas opiniones fueron tenidas en cuenta se encuentran asociaciones de Bancos Argentinos (ADEBA), de la Banca Especializada (ABE), de Bancos de la Argentina (ABA) y de Bancos Públicos y Privados de la República Argentina (Abappra), además de la Cámara Argentina de Casas y Agencias de Cambio (Cadecac).
La reforma se centra en las pautas principales para la gestión de riesgos de Lavado de Activos (LA) y Financiamiento del Terrorismo (FT), y fija normas mínimas para que cada entidad financiera adopte y aplique en el caso de que haya terceros que recurran a ellas con objetivos criminales.
Entre otras novedades, se estableció la prohibición de mantener cuentas anónimas o bajo nombres ficticios, se explicitan las medidas exigidas respecto de las Personas Expuestas Políticamente (PEPs) extranjeras y se enfatiza en la necesidad de aplicar medidas de Debida Diligencia Reforzadas que sean proporcionales a los riesgos encontrados.
Asimismo, se incorpora la posibilidad de que las instituciones financieras puedan depender de terceros para la ejecución de determinadas medidas de Debida Diligencia.
Fuente: Ámbito